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Fondo de publicaciones para la promoción de jóvenes investigadores
Reglamento
REGLAMENTO DEL FONDO DE PUBLICACIONES PARA LA PROMOCIÓN DE JÓVENES INVESTIGADORES DE LA FUNDACIÓN DE CULTURA UNIVERSITARIA
DE LA CREACIÓN Y SU FINALIDAD
1. Creación. La Fundación de Cultura Universitaria (FCU) crea el Fondo de Publicaciones para la Promoción de Jóvenes Investigadores en cumplimiento de sus cometidos estatutarios.
2. Finalidad. El fondo para jóvenes investigadores tendrá como finalidad la promoción de jóvenes autores investigadores y la difusión de los resultados de sus actividades de investigación.
DE LOS BENEFICIARIOS Y LAS CONDICIONES PARA EL APOYO
3. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de este Fondo los estudiantes, docentes y egresados que al momento de la presentación a los llamados realizados para este Fondo tengan publicadas dos libros como máximo.
4. Objeto. El fondo para jóvenes investigadores se destinará a la publicación de la obra resultado de una investigación y al pago de los derechos de autor de las mismas.
Se financiaran las publicaciones de obras que impliquen una producción auténtica del autor referido al estudio de un nuevo tema o un nuevo enfoque sobre temas ya estudiados.
5. Presentación. Los aspirantes a ser beneficiados por este Fondo deberán presentarse a los llamados que se realicen en el lugar y dentro del plazo que se publicitará cada año.
La presentación al llamado deberá realizarse adjuntando una nota que contenga un resumen de la obra, un currículum vitae del o los autores y una copia de la obra.
La Junta Directiva de FCU también podrá solicitar a un joven investigador la realización de una investigación o de una obra para su publicación en temas que considere de interés.
6. Resolución. La Junta Directiva de FCU resolverá, en forma inapelable, que proyectos serán financiados, pudiendo delegar en una Comisión Asesora, nombrada a tal efecto, la elaboración de un informe sobre los proyectos presentados.
7. Derechos y deberes de los beneficiarios. Los beneficiarios a los que se les publiquen sus obras tendrán los derechos y las obligaciones que surjan del contrato de edición que se firmará entre la FCU y el autor.